:

¿Qué se consideran zonas húmedas?

Teresa Merino
Teresa Merino
2025-11-03 07:44:10
Respuestas : 0
0
A pesar de las pequeñas dimensiones de la isla, Menorca alberga una gran variedad de hábitats mediterráneos, entre los que destacan las masas de agua superficiales, como las albuferas, los torrentes o los estanques temporales. En cualquier caso, el mayor número se concentra en la parte norte, donde la mayoría de terrenos son impermeables y facilitan la retención y el filtraje del agua, al contrario que en la mitad sur, donde el agua se infiltra más fácilmente debido a la composición permeable de los terrenos. No obstante, en una misma área a menudo se encuentran diferentes tipologías juntas. Según el tipo de zona húmeda, el aporte de agua tiene un origen u otro. En las marismas y en las albuferas suele llegar una importante cantidad de agua de los torrentes, pero también es habitual la aportación de aguas subterráneas. Debido a estas variedades, la mayoría de masas de agua de Menorca presentan un aspecto muy cambiante a lo largo del año. En muchos casos, el ciclo constituye una lámina de agua muy evidente en otoño, un aumento del verdor de la vegetación en invierno, una explosión de flores en primavera y un aspecto prácticamente seco en verano. Históricamente, las zonas húmedas no siempre se han visto de la misma manera. Ahora se consideran unos hábitats naturales que contienen y generan una gran diversidad ecológica y paisajística.
Leire Montero
Leire Montero
2025-11-03 07:33:38
Respuestas : 0
0
Son zonas continentales pantanosas o encharcadizas, aunque sean de creación artificial, tales como las marismas, las tuberas o aguas rasas, bien sean permanentes o temporales; se integren también por aguas remansadas o corrientes, y ya sean dulces, salobres o salinas. También se incluyen las márgenes de dichas aguas y sus tierras limítrofes. Cualquier actividad que afecte a estas zonas requiere autorización o concesión administrativa. La desecación de estas zonas declaradas insalubres o cuyo saneamiento se considera de interés público será decidido por el organismo de cuenca correspondiente, previo informe favorable del órgano competente en materia de medio ambiente. Ley de Aguas, artículo 103.

Leer también

¿Qué biodiversidad hay en los humedales?

Los humedales son un ecosistema artificial o natural de agua dulce o salado, cuya existencia puede s Leer más

¿Qué son las zonas húmedas?

Zona húmeda Adm. Superficie de terreno objeto de una especial protección por su carácter favorecedor Leer más

Mateo Luis
Mateo Luis
2025-11-03 05:31:37
Respuestas : 0
0
Alcanzar un grado de conocimiento adecuado de la ubicación y delimitación de un espacio y de su estado de conservación es la única manera de detectar posibles cambios en el mismo. Los inventarios nacionales de humedales facilitan la información esencial requerida en la que fundamentar la formulación de políticas de conservación, gestión y restauración, y por lo tanto deben ser una prioridad. En este contexto, la legislación española prevé, en dos de sus leyes básicas (Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y Ley de Aguas), la elaboración de un inventario nacional de zonas húmedas. En cumplimiento de lo indicado al respecto en el art. 9.3 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, el 12 de marzo de 2004 fue aprobado el Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario Español de Zonas Húmedas. El art. 2 de este Real Decreto atribuye a este Ministerio la elaboración y mantenimiento actualizado del Inventario Español de Zonas Húmedas-IEZH, a solicitud de las Comunidades Autónomas y con la información suministrada por las mismas. Esta norma también indica la obligatoriedad de que se establezca y mantenga actualizada una base de datos específica en la que se sustente dicho registro y que permita gestionar el Inventario en los términos señalados en el Real Decreto 435/2004. El Real Decreto también considera la necesidad de satisfacer las solicitudes de información y posibilitar la consulta pública permanente del inventario.
Ariadna Duarte
Ariadna Duarte
2025-11-03 03:59:45
Respuestas : 0
0
La consulta es en relación a la Resbaladicidad de los suelos, en concreto a la clase exigible a los suelos en función de su localización. En la tabla 1.2 dice que para las zonas interiores húmedas, tales como las entradas a los edificios desde el espacio exterior, terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos y cocinas,etc se exigirá una Clase 2 para las superficies con pte menor 6% y clase 3 para superficies con pte igual o mayor que el 6% y escaleras. Según las notas aclaratorias de la misma tabla entiendo que en la parte que se refiere a la entrada a los edificios, es desde una zona exterior húmeda. Si al edificio se accede desde un soportal con una recorrido mínimo de 3 m, ¿se puede considerar que no se accede desde una zona exterior húmeda y considerar la zona de entrada al edificio como Zona interior seca? La condición exigida a las entradas de los edificios tiene como objetivo proporcionar una zona de transición entre la zona exterior húmeda y la zona interior seca en la que la suela del calzado pierda humedad de forma progresiva. A estos efectos, las zonas exteriores cubiertas (porches, soportales, marquesinas, etc.) no se pueden considerar como zona de transición dado que en ellas es difícil controlar la humedad del suelo y el efecto de secado del calzado.

Leer también

¿Cuál es la biodiversidad de la selva húmeda?

La selva húmeda es un bioma tropical caracterizado por su alta biodiversidad, temperatura y humedad Leer más

¿Cómo influye la humedad en la biodiversidad?

Las observaciones pueden generar limitaciones en las proyecciones climáticas y sacar a la luz sesgos Leer más