La figura de árbol singular se creó para dar a conocer a la opinión pública la existencia de un valioso patrimonio natural que, con frecuencia, pasa desapercibido y favorecer su conservación.
La Rioja, por sus peculiares condiciones climáticas y geográficas, alberga en su territorio una gran diversidad de formaciones vegetales.
Dentro de este importante patrimonio forestal, hay unos cuantos árboles y arboledas que destacan sobre los demás por haber sobrevivido generación tras generación, por ser objeto de veneración y respeto entre los habitantes de la zona, por alcanzar tamaños monumentales, etc.
La competencia para declarar un árbol singular es de la Comunidad Autónoma de La Rioja, bien por su propia iniciativa o a instancia de otra administración, de un particular o de cualquier persona jurídica.
La declaración de árbol singular debe seguir un procedimiento administrativo que figura expresamente en el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja.
Criterios asociados a la dimensión del árbol: aspectos como el grosor del ejemplar, su altura, el tamaño de la copa o si presenta un porte inusual dentro de su especie.